Además de las coberturas básicas, puedes contratar planes adicionales para disfrutar de tu patinete con toda tranquilidad.
Y ahora contrata un seguro familiar para todos los usuarios del Patinete en casa
Tipo A | Tipo B | |
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Velocidad máx. | 20 / 25km/h | 30km/h |
Longitud max. | 1m | 1,90m |
Ancho max. | 0,60m | 0,90m |
Peso | < 25kg | < 40kg |
Capacidad | 1 persona | 1 persona |
Este seguro está destinado a particulares propietarios y usuarios de patinetes eléctricos mayores de edad. El seguro deberá contratarlo el propietario-usuario del patinete eléctrico.
El siniestro no tendría cobertura
Existe la modalidad familiar, que ofrece cobertura a todas las personas que convivan en el mismo domicilio (deberán estar todas domiciliadas en la misma dirección postal) que van a utilizar el patinete.
Deberá figurar como asegurado en la póliza y como tomador una persona mayor de edad, sus padres y/o tutor legal.
Los patinetes eléctricos se han perfilado como una de las mejores alternativas de movilidad dentro de las ciudades. Precio, pragmatismo, facilidad y comodidad le han llevado a convertirse en una de las primeras opciones para desplazarse dentro de núcleos urbanos. A pesar de este auge, sigue sin existir una legislación estandarizada sobre su uso ni obligaciones a la hora de utilizarlo. En un contexto de indeterminación, contratar un seguro de patinete puede suponer una solución excelente, tanto en el caso de que se produzca una nueva legislación sobre su utilización y para estar protegido en caso de situaciones adversas, tales como un accidente con daños a terceros o por el robo del patinete.
EN 2024, los vehículos de movilidad personal deberán estar certificados para circular. Los que no estén certificados podrán seguir circulando hasta 2027. Esta legislación se centra en regular la utilización de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), entre los que se encuentran la bicicleta eléctrica, el segway, el monopatín eléctrico o el patinete eléctrico. Actualmente, la responsabilidad de legislar sobre este tema recae en los ayuntamientos, y algunos de ellos ya han establecido la necesidad de contratar un seguro para patinete eléctrico.
Consulta en nuestra web todos los tipos de seguros para patinete eléctrico y comprueba sus coberturas para contratar directamente la que más se adapte a tus prioridades y preferencias. Te ofrecemos varios motivos por los que contratarlo.
La rápida y potente expansión que ha experimentado este medio de transporte, tanto por su pragmatismo como velocidad, está suponiendo una auténtica revolución a la hora de moverse. Su gran velocidad para desplazamientos cortos, su facilidad para conducirlo, su peso relativamente ligero para cargarlo y su tamaño reducido para almacenarlo en cualquier rincón, tanto en nuestro hogar como lugar de trabajo o establecimiento de ocio, hacen de él el vehículo ideal para moverse en ciudad. Solo de este modo se explica el tremendo auge que ha experimentado este transporte, ya que en muchos núcleos urbanos la cantidad de ciudadanos desplazándose en patinete eléctrico se ha multiplicado considerablemente.
El auge de este tipo de transporte ha dejado en la obsolescencia total las normativas relacionadas con la regulación de los Vehículos de Movilidad Personal. Una competencia que deben asumir los ayuntamientos y de la que ya se siente la urgencia para regular sobre la conveniencia de contar con un seguro obligatorio para patinete eléctrico. La DGT y la Unión Europea presumiblemente tomarán una postura con respecto a este tema, ya que no son pocos los ciudadanos europeos que se han animado a desplazarse en este medio de transporte por sus múltiples ventajas y comodidades para moverse en ciudad frente a otras alternativas como la bicicleta, las motos o los coches convencionales.
Frente a este vacío legal, lo más recomendable es contratar un seguro para patinete eléctrico y así evitar situaciones desagradables derivadas de uso. Tanto daños personales como a terceros, pueden ser gestionados de un modo mucho más eficiente en el caso de tener asegurado tu patinete. Muchas urbes carecen todavía de una norma específica que debe ser marcada a través de ordenanzas municipales. Actualmente, se trata de un debate abierto en el que todas las partes deben implicarse para articular el mejor modo para gestionar todas las garantías a la hora de circular en patinete eléctrico.
Actualmente, la DGT recomienda, pero no obliga a tener contratado un seguro a los propietarios de un patinete eléctrico, pero el 'boom' del patinete eléctrico en ciudades ha obligado a muchos ayuntamientos a obligar a contratar una póliza a los usuarios de movilidad personal. Además, es estrictamente obligatorio asegurar los patinetes eléctricos es a la hora de alquilar o utilizar con fines lucrativos.
En algunas localidades como Barcelona, Benidorm, Mahón, Valencia, Palencia y Pozuelo de Alarcón han incluido un seguro obligatorio en sus normativas municipales.
Lo más recomendable, a la espera de conocer las nuevas normativas, es contratar un seguro de responsabilidad civil (RC). Las precauciones nunca están de más y a la hora de circular y tener un patinete eléctrico en ciudades, es más que recomendable contratar un seguro.
Los patinetes eléctricos solo pueden circular por zonas urbanas. Los nuevos usuarios de este tipo de transporte suelen tener dudas sobre el lugar por donde deben circular en la vía pública, para no exponer a nadie ni a ellos mismos a una situación de riesgo. La nueva proliferación de patinetes y sus nuevas características frente al convencional (con motor eléctrico, controles de conducción y mayor velocidad máxima) obliga plantear un nuevo modo de circulación. En muchas ciudades, la normativa tiene un punto en común: la prohibición de circular por las aceras donde transitan los peatones (la multa por circular por la acera es de 200 euros).
Zonas donde pueden circular los patinetes:
1. Carriles bici, en el caso de existir, se trata de la vía donde pueden y deben circular los patinetes eléctricos, en el caso de que exista.
2. Preferencia peatonal. Tanto en los semáforos como en los pasos de cebra, se debe seguir la misma normativa común a las bicicletas, dando siempre prioridad a los viandantes.
3. Vías pacificadas. Los patinetes eléctricos podrán circular en este tipo de vías, siempre y cuando su velocidad sea inferior a 30 km/h, la velocidad habitual en este tipo de vehículo.
La edad mínima para conducir un patinete eléctrico es de 16 años, aunque cada ordenanza municipal puede establecer una edad mínima:
Dependiendo del modelo y del tipo de motor, la velocidad máxima que alcanza un patinete eléctrico oscila entre 6 y 25 km/h. Una punta de velocidad considerable como para plantearse seriamente la contratación de un seguro para patinete, sobre todo en el caso de la cobertura de Responsabilidad Civil. Sobrepasar el límite puede acarrear una multa que también asciende a 200 euros.
Se trata de una situación que, a la espera de una normativa específica, supone a día de hoy un vacío legal. Un caso difícil de resolver, ya que es posible se de una concurrencia de culpas y graduación de la respectiva. Aunque pueda parecerlo, se podría dar el caso de que la responsabilidad no recaiga en todo caso sobre el conductor.
Aunque una parte de los seguros de accidentes con un patinete eléctrico están cubiertos por el seguro del hogar, es recomendable tener un seguro especializado.